Es importante saber cómo debemos actuar en caso de sufrir un accidente laboral ¿Qué tengo que hacer cuando tengo un accidente Laboral? ¿Cuánto se cobra de baja por accidente laboral? ¿En qué casos me corresponde una indemnización por Accidente Laboral? ¿Qué es un Accidente Laboral In Itinere? ¿Me corresponde un complemento de Convenio?

Se considera accidente laboral todo aquel sufrido por una persona trabajadora durante el tiempo de su jornada laboral, entendiéndose también los desplazamientos realizados desde el domicilio al lugar de trabajo y viceversa. Además algunos convenios establecen el derecho a percibir una indemnización en caso de accidente, pero se deben cumplir ciertos requisitos. Es por este motivo recomendable contactar con un abogado especializado en accidentes laborales.

PASOS A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL:
  1. En primer lugar acudir a la Mutua de Accidentes y notificar a la empresa.
  2. Debes recuperarte. Si el accidente ha sido grave debes tomarte tu tiempo para ponerte bien.
  3. Acude a un abogado especialista en accidentes de trabajo, éste valorará si se han incumplido las medidas de seguridad y si hay que acudir a Inspección de Trabajo.
  4. Guarda todos los informes médicos , tantos los de los servicios médicos como de la Mutua de Accidentes. La documentación será primordial como prueba en caso de negociación con la aseguradora y en el proceso judicial.
  5. Si derivan la baja a la Seguridad Social significa que la mutua no reconoce el accidente como accidente laboral, habrá que impugnar la contingencia .
¿Qué derechos tiene el trabajador que sufre un accidente laboral?

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral y como consecuencia tiene unas secuelas que le ocasionan un perjuicio estético o funcional (aunque estas secuelas no le invaliden para trabajar), tiene derecho a una indemnización que le pagará la mutua de trabajo.

En cualquier caso, es recomendable que desde el inicio consulte con un abogado especialista que le asesore con la finalidad de tener toda la documentación necesaria para la mejor prueba posible de cara a tener las mejores posibilidades en una negociación o en vía judicial, para la obtención de la más alta indemnización.

TIPOS DE ACCIDENTES LABORALES
  • Caídas:

Las caídas en altura son uno de los principales accidentes que se sufren en los puestos de trabajo, especialmente en el sector de la construcción, que derivan en indemnización, ya que la mayoría se producen como consecuencia de una falta en medidas de seguridad y en prevención de riesgos laborales.

  • Intoxicaciones o alergias:

Este tipo de accidentes es menos habitual que los anteriores, sin embargo, también se suelen producir. Aunque las  intoxicaciones alimentarias  solo se consideran  accidente laboral  cuando el alimento que genera la intoxicación haya sido suministrado por la empresa. 

  • Sobreesfuerzos o golpes

Son todos aquellos accidentes provocados por movimientos bruscos o posturas forzadas, sobreesfuerzos musculares asociados a la manipulación de cargas o golpes.

  • Accidente in itinere

Es aquel que sufre el trabajador/a al ir al trabajo o al volver de éste. No existe una limitación horaria (art. 115.2d LGSS).
 
Hay 3 elementos que se requieren en un accidente in itinere:

  1. Que está a la orden del día en el camino de ida o vuelta al trabajo.
  2. Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente.
  3. Que se emplee el itinerario habitual.
PLAZOS:¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA RECLAMAR DAÑOS POR ACCIDENTE LABORAL?

El plazo para solicitar la indemnización es de un año, pero ese plazo empieza a contar desde que se han estabilizado las secuelas, se conocen y se pueden valorar y cuantificar los daños sufridos , por lo que la cuestión más importante es determinar cuándo se considera que se puede reclamar y a partir de ese momento empieza a contar el año de plazo.

Esta situación nunca ocurrirá mientras el trabajador esté de baja médica como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional. Por lo tanto, como mínimo, el plazo de un año empezará a contar desde el día que recibe el alta médica.

CÓMO RECLAMAR DAÑOS POR ACCIDENTE LABORAL

La reclamación se puede realizar vía demanda laboral o vía demanda penal de accidente de trabajo.

En la VIA LABORAL se realiza interponiendo demanda laboral de reclamación de cantidad contra la empresa. En la VIA PENAL el juez determinará la responsabilidad civil calculando la indemnización que corresponda por daños y perjuicios.

QUÉ INDEMNIZACIONES SE PUEDEN SOLICITAR
  • Indemnización por omisión de medidas de seguridad:

Cuando la empresa no haya cumplido con las medidas de seguridad exigidas el trabajador podrá solicitar una indemnización por responsabilidad civil.

  • Recargo de prestaciones:

Cuando exista un incumplimiento grave del empresario en el cumplimiento de sus obligaciones de prevención e información de los riesgos laborales y se acredite que dicho incumplimiento ha tenido una relación directa con el accidente o enfermedad profesional se condenará al empresario a abonar un recargo sobre las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador.

  • Indemnización por incapacidad:

Esta indemnización se sumará a la indemnización por responsabilidad civil.

  • Indemnización del Seguro de Convenio:

En caso de que como consecuencia del accidente se produzca una incapacidad permanente habría que estudiar si el Convenio Colectivo prevé una indemnización adicional para estos casos.

  • Daños y perjuicios:

La indemnización por daños y perjuicios debe ir encaminada a lograr una íntegra compensación de los mismos, para proporcionar al indemnizado la máxima reparación del daño. En este caso la función de cuantificar y valorar los daños a indemnizar corresponde a los órganos judiciales.

Las categorías básicas a indemnizar serán:

  • Daño corporal: lesiones físicas y psíquicas.
  • Pérdida económica: Pérdida patrimonial directamente provocada por el accidente.
  • Lucro cesante: pérdida de ingresos y de expectativas laborales.

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