statute_fragment Artículo 50.1.b ET · falta de pago o retrasos continuados
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado. Sin perjuicio de otros supuestos que por el juez, la jueza o el tribunal puedan considerarse causa justa a estos efectos, se entenderá que hay retraso cuando se supere en quince días la fecha fijada para el abono del salario, concurriendo la causa cuando se adeuden al trabajador o la trabajadora, en el período de un año, tres mensualidades completas de salario, aún no consecutivas, o cuando concurra retraso en el pago del salario durante seis meses, aún no consecutivos.
BOE · artículo exacto Abrir soporte ↗ ratio La redacción vigente formula de manera alternativa los dos supuestos expresos de concurrencia de la causa: tres mensualidades completas adeudadas en un año o retraso superior a quince días durante seis meses, sin exigir su concurrencia conjunta.
La propia Sala declara que la nueva redacción no era temporalmente aplicable al procedimiento; la lectura del texto vigente funciona como argumento adicional, no como ratio necesaria del fallo bajo la reforma.
STSJ M 13947/2025 · ES:TSJM:2025:13947 Abrir soporte ↗ ratio Cuando al juicio concurren más de seis meses de retrasos y, además, tres mensualidades completas impagadas, la redacción vigente del artículo 50.1.b permite estimar la acción extintiva.
Es una aplicación directa de primera instancia; no sustituye la autoridad interpretativa de un TSJ o del Tribunal Supremo.
STIS 818/2026 · ES:TIS:2026:818 Abrir soporte ↗ ratio Bajo la redacción vigente, una secuencia objetivamente continuada, persistente y cuantitativamente importante de retrasos salariales puede justificar la extinción del artículo 50.1.b; la calificación exige partir de la cronología real de pagos y no de un supuesto pacto de tolerancia no probado.
El caso no aísla una estimación sustentada exclusivamente en la cláusula abierta por debajo de ambos umbrales expresos; la cronología corregida contiene una persistencia que puede solaparse con el supuesto de seis meses de retraso.
STSJ CL 1622/2026 · ES:TSJCL:2026:1622 Abrir soporte ↗ ratio El texto vigente puede aplicarse a una secuencia que combina retrasos y pagos parciales prolongados con impagos completos posteriores; la gravedad se valora temporal y cuantitativamente y no se reduce a fotografiar una sola mensualidad aislada.
Es una resolución de instancia y el patrón descrito puede alcanzar la vía automática de retrasos durante seis meses; por tanto no prueba por sí solo una cláusula abierta subumbral autónoma.
STIS 1492/2026 · ES:TIS:2026:1492 Abrir soporte ↗