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Pregunta jurídica

¿Un bonus, una comisión o una paga extraordinaria cuentan como mensualidad completa para los nuevos umbrales?

Existe una respuesta jurídica actual, sujeta a los límites indicados. Criterio útil, pero especialmente dependiente de los hechos y de la prueba. Revisado · 15 de septiembre de 2026

Respuesta corta

No existe una equivalencia general entre cualquier concepto salarial y una mensualidad completa. la revisión disponible confirma que un bonus anual no se computa automáticamente como mensualidad; las pagas extraordinarias pueden contribuir a la gravedad pero requieren atender a su periodicidad, devengo y contexto; y las comisiones o variables necesitan comprobar primero cómo se devengan y cuándo son exigibles. La reforma de 2025 todavía no está suficientemente desarrollada por jurisprudencia directa para cerrar estas categorías.

Esta explicación resume el criterio jurídico disponible. En un caso real pueden cambiar el resultado las fechas, el contrato, el convenio, las comunicaciones, la prueba y la forma en que se haya actuado antes de demandar.

Qué sostiene esta respuesta

Norma, criterios judiciales y resoluciones relevantes.

Criterio judicial

Dos bonus anuales impagados no encajan por sí solos en los supuestos automáticos de tres mensualidades completas de salario o seis meses de retraso, porque un complemento anual no se identifica con una mensualidad de salario.

La sentencia no autoriza a concluir que todo impago de variable quede fuera de la cláusula abierta ni resuelve por sí sola otras posibles causas del artículo 50.

Tribunal Superior de Justicia de Asturias · Sala de lo Social · STSJ AS 700/2026 · 2026-03-10 Abrir fuente o desarrollo ↗
Criterio judicial

El retraso de aproximadamente treinta días en el abono de retribuciones variables no es económicamente neutro y el artículo 50.1.b vigente puede funcionar como referencia de sustancialidad cuando un retraso superior a quince días persiste durante seis meses.

La Sala resuelve un conflicto colectivo sobre modificación sustancial del artículo 41 ET; el uso del artículo 50 es contextual y no constituye una decisión directa sobre una acción extintiva.

Tribunal Superior de Justicia de Canarias · Sala de lo Social · Las Palmas · STSJ ICAN 287/2026 · 2026-02-12 Abrir fuente o desarrollo ↗
Criterio judicial

Un bonus anual no se identifica automáticamente con una mensualidad completa de salario a efectos de los supuestos automáticos del artículo 50.1.b.

La resolución no decide por sí sola si el impago de un bonus puede integrar la cláusula abierta de otros supuestos graves.

Tribunal Superior de Justicia de Asturias · Sala de lo Social · STSJ AS 700/2026 · 2026-03-10 Abrir fuente o desarrollo ↗
Criterio judicial

El impago de pagas extraordinarias puede ser relevante para la gravedad, pero su número aislado no permite equipararlas mecánicamente a mensualidades ordinarias ni decidir la acción sin atender a duración, contexto de pagos y persistencia del incumplimiento.

Es un litigio regido por la doctrina anterior a la reforma y funciona como frontera histórica de gravedad, no como interpretación directa de los nuevos umbrales.

Tribunal Superior de Justicia de Cantabria · Sala de lo Social · STSJ CANT 1100/2025 · 2025-11-10 Abrir fuente o desarrollo ↗
Criterio judicial

La retribución variable sigue siendo salario jurídicamente relevante y su retraso puede producir perjuicio, pero su periodicidad y sistema de liquidación deben analizarse antes de trasladar los umbrales del artículo 50.1.b.

La resolución resuelve un conflicto colectivo del artículo 41 y usa el artículo 50.1.b de forma contextual, no como holding de una acción extintiva.

Tribunal Superior de Justicia de Canarias · Sala de lo Social · Las Palmas · STSJ ICAN 287/2026 · 2026-02-12 Abrir fuente o desarrollo ↗
Criterio judicial

Antes de hablar de impago de una retribución variable es necesario comprobar que el concepto se ha devengado y es exigible en la fecha relevante; una expectativa de bonus todavía no devengada no equivale a deuda salarial impagada.

El litigio se articuló por el artículo 50.1.c y no constituye una decisión directa sobre el cómputo de umbrales de la letra b).

Tribunal Superior de Justicia de Madrid · Sala de lo Social · Sección Segunda · 149/2026 · 2026-02-11 Abrir fuente o desarrollo ↗

Resoluciones conectadas

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Dónde hace falta cautela

Los límites también forman parte de la respuesta.

Cuestión todavía abierta

Componentes salariales y mensualidad completa

El bonus anual ofrece un primer límite, pero faltan pagas extraordinarias, variables mensuales, comisiones y otros complementos para comprender el alcance de los supuestos automáticos.

Cuestión todavía abierta

Límites de los otros supuestos de causa justa

La cláusula abierta está confirmada por el texto legal y apoyada por lectura de TSJ, pero falta mapear qué patrones subumbrales están siendo aceptados o rechazados bajo la redacción vigente.

Criterio judicial

Una diferencia salarial de escasa entidad y un retraso aislado en una paga extraordinaria no alcanzan por sí solos la gravedad necesaria para justificar la extinción del artículo 50.

Los hechos son anteriores a la reforma de 2025. La resolución sirve como frontera histórica de gravedad, no como aplicación directa de la cláusula abierta vigente.

Cuestión todavía abierta

Taxonomía de componentes salariales

Falta una serie suficiente para separar bonus anual, paga extraordinaria, comisión, incentivo, variable mensual y otros complementos en relación con mensualidad completa, retraso y cláusula abierta.

Cuestión todavía abierta

Paga extraordinaria bajo los umbrales vigentes

Falta una línea suficiente de resoluciones regidas directamente por el texto reformado que aclare cómo interactúa una paga extraordinaria separada con la noción de mensualidad completa y con la cláusula abierta.

Cuestión todavía abierta

Comisiones y variable bajo la letra b) vigente

Hay usos contextuales y cuestiones de devengo, pero falta una serie directa de artículo 50.1.b sobre comisiones o retribución variable después de la reforma.

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