ratio La comparación necesaria para apreciar una modificación sustancial no puede construirse únicamente sobre el prestigio o las funciones históricamente desempeñadas: el marco contractual vigente, los acuerdos de las partes y el título jurídico de esas funciones forman parte del punto de referencia.
No toda función mantenida durante años carece de relevancia contractual; F5 conserva como variable abierta la posible consolidación de condiciones más beneficiosas o novaciones.
STSJ CAT 1744/2025 · ES:TSJCAT:2025:1744 Abrir soporte ↗ ratio Una reasignación funcional situada dentro de la movilidad funcional lícita no se transforma en causa del artículo 50.1.a por la sola percepción de pérdida de estatus: debe superarse primero la frontera jurídica de la modificación sustancial irregular y acreditarse además el menoscabo de dignidad.
La delimitación entre movilidad funcional y modificación sustancial depende de funciones, grupo profesional, salario, responsabilidad y demás circunstancias del caso.
STSJ CAT 1847/2025 · ES:TSJCAT:2025:1847 Abrir soporte ↗ ratio La mayor complejidad de unas nuevas tareas, el estrés alegado o el cambio de materia no acreditan por sí solos un menoscabo de dignidad cuando se mantienen grupo profesional y retribución y existen formación y soporte organizativo.
La misma clase de cambio podría adquirir otra valoración con degradación funcional, pérdida objetiva de consideración, reducción salarial, aislamiento o hechos humillantes suficientemente acreditados.
STSJ AND 833/2026 · ES:TSJAND:2026:833 Abrir soporte ↗ ratio La asignación estable de funciones de un grupo profesional inferior, con pérdida objetiva de la posición funcional previamente ejercida y fuera de los límites de la movilidad funcional ordinaria, puede integrar una modificación sustancial lesiva de la dignidad a efectos del artículo 50.1.a.
La resolución contiene además una controversia de derechos fundamentales y un patrón fáctico especialmente intenso; no convierte cualquier descenso funcional o tarea inferior ocasional en causa extintiva.
STSJ AR 415:2025 · ES:TSJAR:2025:415 Abrir soporte ↗ ratio El vaciamiento funcional prolongado —pérdida de tareas nucleares, mando, medios y ocupación efectiva, con desplazamiento estable de las funciones a otra persona— puede adquirir entidad degradante bastante para sostener la extinción del artículo 50 cuando supera una simple reorganización interna.
El caso incluye alegaciones y consecuencias propias del acoso y de derechos fundamentales; F6 separa esos planos y no exige que todo supuesto de dignidad contractual reproduzca la misma intensidad.
STSJ ICAN 591:2025 · ES:TSJICAN:2025:591 Abrir soporte ↗ island Degradación profesional objetiva como frontera de dignidad
La dignidad del artículo 50.1.a no se identifica con cualquier perjuicio, cambio o pérdida subjetiva de estatus. La primera forma local que emerge en P50 aparece cuando una modificación sustancial irregular produce una degradación profesional objetivable: rebaja funcional relevante, vaciamiento sostenido de tareas, pérdida real de mando o responsabilidad, subordinación invertida o falta prolongada de ocupación efectiva. Esa configuración puede sostener la causa extintiva aunque no exista acoso técnico; si además se alega lesión de derechos fundamentales, esa capa debe probarse y repararse separadamente.
Isla provisional de dignidad · F6 Abrir soporte ↗ ratio La conservación del salario y de una denominación formal no impide apreciar menoscabo de dignidad cuando la modificación altera de forma objetivable la posición profesional real: pérdida relevante de funciones y responsabilidades, subordinación a quien antes ocupaba un nivel equivalente y prestación de apoyo a una posición inferior pueden mostrar degradación bastante incluso tras un periodo efectivo breve.
Es una sentencia de TSJ anterior a 2025 y su patrón combina varias señales relacionales de degradación; no establece que cualquier cambio jerárquico ni cualquier periodo corto active la letra a).
STSJ CAT 6720:2021 · ES:TSJCAT:2021:6720 Abrir soporte ↗ island_revision Revisión F7 de la isla de dignidad
La segunda saturación no obliga a dividir la isla, pero desplaza su centro desde una escala simple de intensidad hacia una diferencia funcional-relacional. La degradación puede existir sin vaciamiento total, descenso nominal ni pérdida salarial si la posición profesional real se altera de forma objetivable; por el contrario, un cambio de dependencia, autonomía o retribución no basta cuando el núcleo funcional y la posición profesional permanecen o cuando falta un menoscabo de dignidad acreditado.
Segunda saturación · F7 Abrir soporte ↗