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Artículo 50: cuando no tienes por qué limitarte a aguantar o dimitir
Si la empresa incumple de forma grave, en algunos casos puedes pedir que sea un juez quien extinga la relación y reconozca la indemnización del despido improcedente. No es lo mismo que presentar una baja voluntaria.
- No presentes una dimisión pensando que después podrás convertirla sin más en un artículo 50.
- Guarda prueba desde el primer momento: nóminas, pagos, mensajes, cambios y reclamaciones.
- La gravedad del incumplimiento y la forma de actuar antes de demandar son decisivas.
Revisado con fuentes oficiales · 1 de septiembre de 2026
Muy importante
Si estás pensando en dejar de acudir al trabajo por la gravedad de la situación, consulta antes. La forma de salir puede cambiar por completo el resultado jurídico.
Qué hacer
Un orden sencillo para no perderse.
Define el incumplimiento
Qué está haciendo o dejando de hacer la empresa y desde cuándo.
Guarda la cronología
Nóminas, extractos, correos, mensajes, cambios de funciones, reclamaciones y respuestas.
No confundas reclamación con dimisión
El artículo 50 busca una extinción por incumplimiento empresarial; una baja voluntaria sigue otra lógica.
Valora la urgencia y el modo de continuar
Hay situaciones en las que seguir trabajando es especialmente difícil. La estrategia debe adaptarse al riesgo real, no a una regla genérica.
Criterio práctico
Casos que la ley contempla
- Determinadas modificaciones sustanciales irregulares que menoscaben la dignidad.
- Falta de pago o retrasos continuados del salario.
- Otros incumplimientos graves de las obligaciones empresariales.
Impagos y retrasos: referencias actuales
- Se considera retraso superar en 15 días la fecha fijada para pagar.
- La ley identifica como causa el impago de tres mensualidades completas en un año, aunque no sean consecutivas.
- También seis meses de retrasos en un año, aunque no sean consecutivos, sin excluir otros casos que pueda apreciar un tribunal.
Qué puede reconocerse
Si el juzgado estima la extinción por artículo 50, la ley reconoce la indemnización prevista para el despido improcedente.
Preguntas que suelen aparecer
Respuestas cortas. Lo importante primero.
¿Esto es una baja voluntaria indemnizada?
No. Es una acción basada en un incumplimiento grave de la empresa y, con carácter general, se solicita judicialmente.
Me deben dos nóminas. ¿Ya puedo irme?
No conviene resolverlo con una regla automática. La ley fija referencias para impagos y retrasos, pero la estrategia depende de fechas, gravedad y situación concreta.
¿Tengo que seguir trabajando mientras se tramita?
En muchos casos la relación continúa hasta la resolución, aunque existen situaciones excepcionales que exigen valorar medidas distintas. No dejes de acudir sin asesoramiento.
¿Y si la empresa me despide después de reclamar?
Hay que analizar la causa del despido y si existe relación con la reclamación. Una represalia puede cambiar de forma importante el caso.
Seguir
Si tu situación se parece a esto, conviene mirar el caso concreto antes de decidir.
Estas páginas explican criterio y pasos. No sustituyen el análisis de documentos, fechas y hechos de una situación real.
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